La Juez Tercera de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín contradice a la ministra de Justica e indicó que fue en Bucaramanga
Durante una visita realizada a Medellín por la ministra de justicia, Ángela Buitrago aseguró que la Juez tenía siete comunicaciones del INPEC desde el mes de julio y el Gobierno ya había hecho todo lo que corresponde en el caso de alias «Pichi
La funcionaria, aseguró que el INPEC fue notificado a las 8 de la mañana de este viernes 11 de octubre, sobre la revocatoria de la medida domiciliaria de alias «Pichi», a lo que respondieron desde el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas Seguridad de Medellín que realizaron el proceso según lo indica la ley.
En un comunicado firmado por la juez, Mónica Patricia Londoño Yarza, rechazaron las afirmaciones hechas en los diferentes medios de comunicación y redes sociales, donde han indicado que fue en Medellín donde concedieron la prisión domiciliaria a Óscar Camargo Ríos alias “Pichi” y aclaro que, a ese Despacho Judicial, le fue asignada la vigilancia de la pena impuesta al ciudadano por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga en sentencia del 23 de abril del 2020.
Lea también: La historia de los tres policías de Medellín que se quedaron con el dinero de la gente
Así mismo, explicaron que, “lo que tiene que ver con las trasgresiones a la prisión domiciliaria, no es la realidad procesal que una vez se reciba el reporte procede inmediatamente la revocatoria del beneficio, pues la ley consagra el trámite incidental en el que luego de su inicio, se surten los traslados correspondientes para que la persona condenada y su defensor, alleguen las explicaciones correspondientes, luego se procede a emitir decisión de fondo. Obviar lo anterior, constituiría una violación al debido proceso y derecho de defensa, pilares de la correcta y justa impartición de justicia”.
Desde el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas Seguridad de Medellín, hicieron un llamado general para que la información que se publique en relación con este proceso o cualquier otro trámite judicial, sea verificado con fuentes conocedoras del mismo y, por supuesto, del derecho, para que no se genere malestar en la comunidad ni desconfianza frente a la prestación del servicio de justicia.